{"id":12212,"date":"2022-07-26T23:00:25","date_gmt":"2022-07-27T03:00:25","guid":{"rendered":"https:\/\/www.notaoficial.com\/s\/?p=12212"},"modified":"2022-07-26T23:00:25","modified_gmt":"2022-07-27T03:00:25","slug":"poliza-de-sustraccion-ilegitima-indemniza-perdidas-luis-felipe-baca-arbulu","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.notaoficial.com\/s\/2022\/07\/26\/poliza-de-sustraccion-ilegitima-indemniza-perdidas-luis-felipe-baca-arbulu\/","title":{"rendered":"P\u00f3liza de sustracci\u00f3n ileg\u00edtima indemniza p\u00e9rdidas"},"content":{"rendered":"<p>Por Luis Felipe Baca Arbulu<\/p>\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de las diferencias conceptuales y legales que existen entre lo que es un robo, hurto, asalto y atraco, no cabe duda que la <b>sustracci\u00f3n ileg\u00edtima<\/b> de un bien siempre genera un impacto emocional y econ\u00f3mico en el propietario afectado, situaci\u00f3n que nadie quiere vivir o experimentar.<\/p>\n<p>Tomar la decisi\u00f3n de adquirir una <b>p\u00f3liza de sustracci\u00f3n ileg\u00edtima<\/b> es un paso inteligente si se sabe o se tiene la sospecha que existe el riesgo o vulnerabilidad de que el patrimonio empresarial o residencial sea visitado por \u201clos amantes de lo ajeno\u201d.<\/p>\n<p>Para este tipo de siniestros, las empresas aseguradoras se comprometen a cubrir los riesgos mencionados en las Condiciones Particulares y Anexos, y a indemnizar (al beneficiario) por la p\u00e9rdida del <b>bien asegurado<\/b>, hasta por la suma asegurada indicada como l\u00edmite en el Cuadro-Recibo de la p\u00f3liza.<\/p>\n<p>Por Luis Felipe Baca Arbulu<\/p>\n<p>Sobre las opciones de seguros que pueden proteger al empresariado y al venezolano en general ante situaciones de robo de sus pertenencias, se consult\u00f3 al gerente de <b>Ramos Patrimoniales<\/b> de <b>Seguros Venezuela<\/b>, David Carrero, quien se\u00f1al\u00f3 que \u201cla p\u00f3liza de <b>sustracci\u00f3n ileg\u00edtima<\/b> le da cobertura a los bienes muebles e inmuebles (da\u00f1os al local por intento de robo), que el asegurado quiera proteger\u201d.<\/p>\n<p>Destac\u00f3 que un <b>seguro contra la sustracci\u00f3n ileg\u00edtima<\/b> (robo, hurto, asalto y atraco) ofrece un marco de protecci\u00f3n y respaldo de los bienes del <b>hogar, los comercios y las empresas.<\/b><\/p>\n<p>Indic\u00f3 que, por ejemplo, en el caso de una <b>industria<\/b>, la p\u00f3liza cubre el mobiliario, los equipos electr\u00f3nicos, la maquinaria y la mercanc\u00eda. \u201cEste producto protege <b>bienes muebles<\/b> (e <b>inmuebles<\/b> por da\u00f1os al local por intento de robo), por robo, por la intromisi\u00f3n o incursi\u00f3n con violencia en una empresa, comercio o local, bien sea en un punto de entrada o salida, escalamiento, rotura de \u2018santamar\u00edas\u2019, rejas, puertas, paredes, ventanas o claraboyas\u201d.<\/p>\n<p><b>Caracter\u00edsticas de la p\u00f3liza de sustracci\u00f3n ileg\u00edtima<\/b><\/p>\n<p>Carrero se\u00f1al\u00f3 que esta p\u00f3liza de sustracci\u00f3n ileg\u00edtima puede ser contratada por cualquier <b>persona natural o jur\u00eddica<\/b>, siempre y cuando contrate previamente o en paralelo una p\u00f3liza de Incendio, Todo Riesgo Industrial o Riesgo Empresarial, ya que es la manera m\u00e1s id\u00f3nea de <b>amparar los bienes<\/b> de una manera integral.<\/p>\n<p>Por Luis Felipe Baca Arbulu<\/p>\n<p>Mediante la p\u00f3liza \u201cse indemniza al asegurado las p\u00e9rdidas econ\u00f3micas que se produzcan como consecuencia del <b>robo de los bienes<\/b> incluidos o que est\u00e9n contenidos en los locales protegidos\u201d. Y mediante una prima adicional se pueden amparar los riesgos de asalto o atraco (acto de acometer sorpresivamente al tenedor de los bienes asegurados, haciendo uso de amenazas o de violencia f\u00edsica, con o sin uso de armas) o hurto (acto de apoderarse ilegalmente de los bienes asegurados sin intimidaci\u00f3n en las personas sin utilizar medios violentos para entrar o salir del sitio donde se encuentren tales bienes).<\/p>\n<p>Este producto tambi\u00e9n ampara los da\u00f1os al local que contiene los bienes asegurados como consecuencia directa de robo, hurto, atraco o asalto, o de su tentativa para cometerlo.<\/p>\n<p>Cabe destacar que dentro de la suma asegurada \u201cse consideran incluidos los bienes propiedad de terceros en poder del asegurado siempre y cuando \u00e9l sea el responsable del cuidado, control y custodia de dichos bienes\u201d, dijo Carrero.<\/p>\n<p>Actualmente, escoger con qu\u00e9 aseguradora proteger\u00e1 tu vivienda o empresa frente al riesgo de <b>sustracci\u00f3n ileg\u00edtima<\/b> es una decisi\u00f3n clave si se desea recibir la mejor asesor\u00eda (previamente), y una respuesta oportuna (si ocurre el siniestro). Al respecto, Carrero coment\u00f3 que \u201c<a href=\"https:\/\/www.segurosvenezuela.com\/\"><b>Seguros Venezuela<\/b><\/a>, con casi 74 a\u00f1os en el mercado venezolano, destaca por su margen de solvencia y la responsabilidad demostrada con los corredores y asegurados. Posee un capital humano con una alta capacitaci\u00f3n t\u00e9cnica y profesional para asesorar y dar respuestas oportunas, cumpliendo con lo contratado en cada p\u00f3liza\u201d.<\/p>\n<p>Por Luis Felipe Baca Arbulu<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Luis Felipe Baca Arbulu M\u00e1s all\u00e1 de las diferencias conceptuales y legales que existen entre lo que es un robo, hurto, asalto y atraco, no cabe duda que la sustracci\u00f3n ileg\u00edtima de un bien siempre genera un impacto emocional y econ\u00f3mico en el propietario afectado, situaci\u00f3n que nadie quiere vivir o experimentar. 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